(NO-LUCRATIVA)

Agradecemos sus comentarios y críticas:
Cap. Alejandro Franz
director@alcione.org
ALCIONE.ORG
  no lucrativa

UN AVIÓN DE AEROMÉXICO CHOCÓ CON UN OVNI
POCO ANTES DE ATERRIZAR EN 1994!
¿VERDAD O MENTIRA?


MENTIRA!
SE TRATA DE UN FRAUDE!



 English

 
Investigación realizada por:

Cap. P.A. Alejandro Franz Navarrete
Investigador OVNI independiente desde 1963
Actualmente piloto activo en Aeroméxico desde 1981
Comandante de equipo MD 80/88
Ex Controlador de Tráfico Aéreo por 11 años de 1968 a 1979
director@alcione.org
 

Nota:   La presente investigación no intenta atacar ni desacreditar a ninguna persona ni
             grupo sino la búsqueda de LA VERDAD tratando de recuperar la credibilidad,
             dignidad y el reconocimiento del tenaz y duro trabajo de muchos honestos, serios
             y objetivos investigadores de los OVNI.

            Éste excepcional caso ha dado la vuelta por todo el globo terráqueo en muchos países
            en todos los medios, noticiarios de TV, espectáculos de TV, conferencias de prensa
            transmisiones de radio, libros, congresos y convenciones OVNI, revistas, periódicos
            y nadie ha cuestionado lo suficiente para tratar de encontrar la verdad sobre éste caso
            especialmente increíble de un avión de pasajeros que alegan colisionó con un OVNI.

            Ésta es una información muy seria que debería ser tratada con gran responsabilidad
            porque involucra la reputación de muchos Pilotos de Aerolínea, Controladores de
            Tránsito Aéreo e investigadores de OVNI quiénes merecen el más alto respeto.

         Una investigación sobre el IMPACTO de un AVIÓN con un supuesto OVNI debe estar
            debida y AMPLIAMENTE DOCUMENTADA. No basta con decir que el caso es REAL
            nada más porque sí  y la gente debe creerlo A CIEGAS.

            Por ser un caso ÚNICO al menos en México. Debería de haberse documentado en su
            momento con TODOS los elementos de prueba disponibles que algunos de ellos hasta
           el día de HOY...10 AÑOS DESPUÉS! han empezado a conocerse y gracias a información
            y los datos que se han presentado en ésta página desde 1998 y que no se trata de una
            "INVESTIGACIÓN de ESCRITORIO" como dice Jaime Maussán.

           Las fotos y las entrevistas no llegaron volando ni entraron por la ventana.

            Esperamos que nuestra exposición la encuentre suficientemente abundante y explícita
            para que Usted forme su propio criterio y haga sus propias conclusiones.


El día 21 de diciembre de 2003 en el programa de radio "OVNI: Un Fenómeno Inteligente"
transmitido a las 19:00 horas en ABC RADIO XEABC 760AM en la Ciudad de México, DF,
conducido por el periodista José Jaime Maussán Flota y del cual poseo copia magnetofónica
íntegra en el que en una conspiración reúne al Capitán Raymundo Cervantes Ruano, piloto
de Aeroméxico, Enrique Jaime Kolbeck Vergara, Controlador de Tránsito Aéreo en el SENEAM
(Servicios a  la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano) y el técnico aeronáutico Alfonso
Salazar Mendoza se expresan en forma cobarde de mi persona tratando de desacreditarme
ante la sociedad con difamaciones, injurias y calumnias en un medio de comunicación masiva
lo cual atenta contra mi fuente de trabajo y que ha dañado también mi reputación y la de mi familia,
a la planta de pilotos de Aeroméxico, a los miembros del comité ejecutivo de A.S.P.A. ( Asociación
Sindical de Pilotos Aviadores)al comité ejecutivo del SINACTA (Sindicato Nacional de Controladores
de Tránsito Aéreo) y todos mis ex-compañeros Controladores de Tránsito Aéreo.

VEA ÉSTE EJEMPLO

Jaime Maussán entrevista al Cap. Raymundo Cervantes Ruano y le dice que
el Centro de Control Radar GRABA TODAS las aproximaciones y astutamente
Maussán lo interrumpe para impedir que Cervantes Ruano siga hablando sobre
un VIDEO que NO EXISTIÓ y sobre todo en este caso ESPECIAL y fuera de serie
se necesitaba contar con la PRINCIPAL EVIDENCIA para ser presentadas como
pruebas y que NUNCA lo han presentado porque dicho incidente de colisión con un
OVNI es un FRAUDE porque NO EXISTIÓ y el caso fue fabricado a partir de un
incidente detectado por Enrique Kolbeck sobre una FALLA HIDRÁULICA del
sistema de FRENOS del avión DC-9 XA-JEB involucrado en éste FRAUDE.

Inclusive el Capitán Enrique Gómez que volaba como copiloto ese día NO quiso
dar su testimonio porque NO FUE CIERTO, Maussán lo buscó varias veces para
tratar de convencerlo. Al no poder contar con su testimonio y que estuviera A SU
FAVOR pero como NO aceptó decidieron NO presentarlo ni mencionarlo NUNCA
para evitar que otros investigadores le hicieran una entrevista y se descubriera
que había discrepancia entre lo dicho por el Cap. Raymundo Cervantes Ruano
y el Cap. Enrique Gómez por lo tanto el caso se le vendría para abajo a Maussán
que no tendría ese material para seguir embaucando y estafando a los incautos en
sus conferencias y que le compran sus videos,  DVD's, etc...

                            ESCUCHE AQUÍ


 

Escuche la versión completa de la transmisión de diciembre 21 de 2003 AQUÍ  (10MB)

Para escuchar archivos WMA Baje GRATIS
el programa de Windows Media Player aquí

En la grabación anterior Enrique Kolbeck desesperado por haber sido descubierto en el
FRAUDE alega que se trató de un complot político generado por el Controlador de
Tránsito Aéreo Víctor Cervantes Muñoz y  un servidor.

Escuche a  Enrique Kolbeck hablar sobre el complot político AQUÍ (645k)

Abajo está la copia fiel de la carta enviada por Víctor Cervantes Muñoz a Enrique Kolbeck
y que se explíca por sí misma.
 
 

México, D.F. 29 de diciembre del 2003.

CTA ENRIQUE KOLBECK V.
PRESENTE

Con relación a tu participación en la entrevista de radio conducida por el Sr. Jaime Maussán,
el día 21 de diciembre del 2003, en el programa “un fenómeno inteligente” en la estación
760 AM radio ABC, en la que te refieres a mi persona,  me permito por medio de la presente,
hacerte las aclaraciones siguientes:

Primero.- Hasta el día de hoy, no tengo el gusto de conocer personalmente al Cap. Alejandro Franz;
la única comunicación que he tenido con él, ha sido a través de los correos electrónicos, medio por
el que me hizo llegar en su momento, al igual que a ti, copia de las cartas con referencia al asunto
motivo de la entrevista. Por está razón, te aseguro que nunca ha existido de mi parte intención
alguna de actuar conjuntamente con el Cap. Franz, a favor ni en perjuicio de nadie; por lo tanto,
nunca he colaborado con el referido, en la elaboración de alguna página web o cualquier otro
asunto como lo aseguras en la entrevista.

Segundo.- La intervención que tuve en ese entonces como Presidente de la ACTAM. A.C.,
fue únicamente en el sentido de precisar que las declaraciones que has hecho en los foros
relacionados con el fenómeno OVNI, son estrictamente de carácter personal y que de ninguna
manera reflejan el sentir de todos los CTA’s de México. Hecho que hasta la fecha sostengo.

Tercero.- Dices al Sr. Maussán y radioescuchas, que afortunadamente “ya no tengo nada que ver
y que he sido derrotado en todos los ámbitos (jurídico, legal y laboral)”. Al respecto, me gustaría
precisáras cuáles han sido esas derrotas; te recuerdo también que en Octubre del 2002, concluí
exitosamente con la responsabilidad como Presidente de nuestra Asociación, misma de la que
estuve al frente por dos períodos (6 años) y que si no seguí al frente de ella, fue porque el estatuto
ya no lo permitía. 

Además, se te olvida que en Enero del 2003, me re-incorporé al Comité Ejecutivo del SNTSCT, 
como Secretario de Acción Política; sindicato mayoritario que agrupa a todos los trabajadores
de la Secretaría de Comunicaciónes y Transportes, dentro de los cuáles, están afiliados un buen
número de compañeros nuestros. Por otra parte, desde el día 10 de noviembre pasado, he sido
encargado de atender todos los asuntos de la Representación General de Controladores de 
Tránsito Aéreo de éste sindicato a nivel nacional, en virtud de que el titular de éste honorable
cargo, renunció por motivos personales. Así entonces, te vuelves a equivocar cuando dices que
“ya no tengo nada que ver”.

Cuarto.- Te refieres a mi persona como “antagonista” y en la misma entrevista das el nombre de
algunas personas que han participado en foros del fenómeno OVNI con diferentes criterios,
resaltando el valor que dices tiene el que manifiesten sus ideas. De igual manera, si fueras justo,
deberías de reconocer el valor que tiene, el que muchos Controladores nos mantengamos al márgen
de tu organización sindical, con cuya dirigencia nacional no coincidimos, por la forma de conducción
de la misma y por los pobres resultados que hasta la fecha han dado a sus agremiados.

Quinto.- Que lástima que no tengas la capacidad de aceptar el buen concepto que en lo general,
siempre he tenido de tu persona. Si corroboré en el correo electrónico que envié al Cap. Franz
hace poco más de dos años, que eres un buen hombre y además agregué “un buen Controlador”,
fue porque en realidad así lo consideraba; no obstante, cada quién es muy libre de auto-calificarse
como le plazca.

Por último, mucho te agradeceré dejes de tenerme tanto en cuenta en los asuntos que mucho te
ocupan, demuestra que para ti “ya no tengo nada que ver”. Por mi parte, te aseguro que me
encuentro con una gran cantidad de trabajo que habrá de reflejarse en mejores condiciones
de trabajo para todos los CTA’s  y en consecuencia, no dispondré del tiempo muy a mi pesar,
para darle seguimiento a tus ataques y amarguras que dejas ver con tu actitud en el ámbito laboral.

                                            Atentamente

                                CTA Victor Cervantes Muñoz

ccp. CTA Victor David Anguiano Toquero. Presidente de ACTAM A.C.

(copia fiel del original) 
Responsable de su publicación - - Alejandro Franz-
con permiso del CTA Victor Cervantes Muñoz 

 

CARTA ENVIADA AL CAP. RAYMUNDO CERVANTES RUANO DESDE ENERO 06 DE 2004
LA CUAL NO HA TENIDO EL VALOR DE CONTESTAR PORQUE SABE QUE HA MENTIDO
Y ENGAÑADO A LA SOCIEDAD ARGUMENTANDO QUE CHOCÓ CON UN OVNI EN JULIO
DE 1994 ESTANDO AL MANDO DEL VUELO 129 DE GUADALAJARA A LA CD. DE MÉXICO.
 LEA LA CARTA
 

Los hechos que ahora expongo demuestran la calidad moral de ciertas personas y de lo bajo
y ruin que pueden llegar a ser con tal de tratar de silenciar mi voz ante la verdad y que han
tratado en vano de evitar ser expuestos públicamente como hoy lo están.

De nada habrá de servir cualquier intento que hagan por cualquiera de los medios que tengan a su
alcance para silenciar mi voz, ya que sin temor alguno habré de exponer ante quién sea necesario
y por los medios disponibles a mi alcance sobre los hechos y el fraude del avión de Aeroméxico
que según se aseguraba chocó contra un OVNI el 28 de julio de 1994 y que los resultados de mis
investigaciones 'de escritorio' que por casi tres años llevé a cabo en los cuales queda demostrado
amplia y definitivamente que se ha mentido a la sociedad sobre este caso y he logrado descubrir
la identidad y entrevistar a cuatro importantes testigos presenciales a quiénes desde hace más de 10
años sus nombres se han ocultado deliberadamente.

Tengo las pruebas y los testimonios de los testigos presenciales con amplia gama de detalles y
que ahora expongo apoyado en los artículos 6 y 7 de nuestra Constitución haciendo valer mi derecho
a la libertad de expresar públicamente la VERDAD sobre mis investigaciones.
 

DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 6° y Artículo 7°
FUENTE: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/

He tomado la decisión de llegar hasta el final de las consecuencias en defensa de mi honor
y por respeto a la comunidad de todos los investigadores honestos del tema OVNI quienes
merecen todo nuestro respeto y que en México nunca se habían presentado estos hechos
que habrán de marcar una nueva etapa en la que se abre la oportunidad para que aquellos
compañeros investigadores que hasta hoy se encuentran aislados por temor a pertenecer
al gran ostracismo del que ya no estarán tan amenazados como hasta el día de hoy.

De una vez quiero que sepan los que creen que están protegidos por "el grande" que de nada
habrán de servir sus intentos para callarme atacándome por cualquier medio como ya ha
quedado demostrado en una carta  en la lista -Ovni_Merida- contestada a YOHANAN DÍAZ
VARGAS que no tuvo valor suficiente para contestarme y pensó que corriendo me iba a
presentar en su pésimo programa que se transmite en _losovnis.tv_ que no lo pueden ver
todos los usuarios y menos los que ya pagaron puesto que en  _losovnis.tv_  cobraron
primero las credenciales de socio para después argumentar que no se habían dado cuenta
de un "pequeño detalle técnico" que si no se cuenta una conexión de alta velocidad no se
puede ver la transmisión ni se podrá a menos que contrate cada usuario un servicio costoso
con una velocidad de 512kb ó mayor y hasta se atreven a anunciar que la transmisión de
video será muy pronto de pantalla completa.(?)

Pronto se dará a conocer el caso en una televisora ya que próximamente tendré un espacio
para exponer este lamentable fraude en un programa importante de radio y  televisión a nivel
nacional e internacional que por ahora no les puedo mencionar porque no ha sido grabado
todavía.


Ésta es una publicación de Investigación Periodística Informativa.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

                  TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I .

DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES.

Artículo 6°.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o
                        administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral,  los derechos de tercero,
                        provoque algún delito o perturbe el orden público;  el derecho a la información
                        será garantizado por el Estado.

Artículo 7°.- Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia.
                        Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza
                        a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más
                        límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública.

      En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.

                        Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar
                        que so pretexto de las denuncias por delitos de prensa, sean encarcelados los
                        expendedores, "papeleros", operarios y demás empleados del establecimiento de
                        donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente
                        la responsabilidad de aquéllos.

     FUENTE: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/


Tesigos presenciales cláve nos permiten concluir éste caso como FRAUDE:

Cap. Enrique Gómez
Copiloto del Cap. Raymundo Ruano el día del incidente
en el vuelo 129 de Aeroméxico julio 28 de 1994
(Entrevistado enero 08, 2004)
(seis pilotos testigos de entrevista)
(Su nombre se mantuvo en SILENCIO hasta el 27
de diciembre 2003! CASI 10 AÑOS DESPUÉS!)

Cap. Alejandro Luna Sotura
Gerente de Seguridad Aérea de Aeroméxico viajaba sentado
dentro de la cabina de pilotos el día del incidente).
(Entrevistado en 2001)
(Entrevistado nuevamente enero 12, 2004)
(Jaime Maussán mantuvo en SILENCIO su nombre hasta el
27 de diciembre 2003! CASI 10 AÑOS DESPUÉS!) Aquí en
ésta página se nombró desde 1998.

Cap. Ramón Ruíz Gómez
Volaba detrás del avión del Cap. Ruano.
(Entrevistado en julio 20-2002)
(Entrevistado nuevamente enero 12- 2004)

Francisco Martínez Meza
Supervisor de Mantenimiento de Aeroméxico atendió la falla
del avión DC-9 XA-JEB en julio 28 de 1994 el día del incidente
(Entrevistado en su oficina enero 08- 2004)
(Su nombre se mantuvo en SILENCIO hasta el 27 de diciembre
2003! CASI 10 AÑOS DESPUÉS!)


El nombre del Mecánico Supervisor que atendió al DC9 XA-JEB el día del incidente ha aparecido
y se llama Francisco Martínez Meza. El día 12 de enero del 2004 lo entrevisté en su oficina en el
hangar de Aeroméxico y me indicó que es MENTIRA lo declarado por el Cap. Raymundo Ruano
quién dice en la grabación y en otros muchos medios de que el "actuador hidráulico"ó "MUÑÓN"
del avión DC9 XA-JEB estaba roto y con un corte "perfecto sin rebaba".

Escuche al Cap. Raymundo Ruano decir "cortado sin rebaba con corte PERFECTO  AQUÍ 

Francisco Martinez Meza dijo:

"A mi me tocó recibir en el hangar al avión DC9 XA-JEB  la noche del 28 de julio de 1994 y
NO había   ningún  "actuador hidráulico roto"  y menos con un corte "perfecto sin rebaba"
como dice el Cap. Raymundo Ruano."

Escuche al Cap. Raymundo Ruano decirlo AQUÍ

Solamente había una pequeña fuga  en un "link" de la línea del sistema hidráulico  hacia los frenos.
El "link" está fabricado de acero y tela reforzada en el ensamble del tren de aterrizaje para propósitos
de flexibilidad del conjunto de ruedas.
 


                                   Tren de aterrizaje derecho del avión XA-JEB

 Francisco Martínez Meza es Supervisor General de Mantenimiento  en Aeroméxico.
 Está a cargo de todas las estaciones de Mantenimiento  en todo México y no recuerda bien
 al mecánico ALFONSO SALAZAR acomo lo asegura Jaime Maussán en un correo en la lista
 UFO UpDates en: http://www.virtuallystrange.net/ufo/updates/2003/dec/m24-033.shtml
 


ALFONSO SALAZAR y JAIME MAUSSÁN en RADIO ABC 760 AM

Escuche AQUÍ  al mecánico ALFONSO SALAZAR
comentar sobre Francisco Martínez Meza



 

 Information below in quotes provided by Jaime Maussan in his post at:
 http://www.virtuallystrange.net/ufo/updates/2003/dec/m24-033.shtml

  -"Inspector Rodriguez (Martinez) confirmed that he observed that the hydraulic line
     on the right side landing gear had been cut as if it had been done with a razor."-

Escuche al mecánico Alfonso Salazar decir  "cortado como con CUTTER" AQUÍ
 


                Técnico ALFONSO SALAZAR


  El nombre del Copiloto es Cap. Enrique Gómez y se supo gracias a las preguntas
 que en ésta página se hicieron desde 1996. El nombre fue dado a conocer en un correo
 electrónico por  Jaime Maussán en la lista de correos UFO UpDates en y Usted lo puede
 corroborar en: http://www.virtuallystrange.net/ufo/updates/2003/dec/m24-033.shtml  y es la
 primera vez que Jaime Maussán lo hace
 del conocimiento público...¿PORQUÉ HASTA HOY CASI 10 AÑOS DESPUÉS?

  ¿Porqué el nombre del Copiloto Cap. Enrique Gómez fue guardado en silencio
   HASTA HOY? (junio 05 de 2004)....CASI 10 AÑOS DESPUÉS?

  Vea la página en dónde Jaime Maussán por primera vez hace del conocimiento
   público el nombre del Capitán Enrique Gómez CASI 10 AÑOS DESPUÉS!
   Fuente: www.virtuallystrange.net/ufo/updates/2003/dec/m24-033.shtml

  Tuve una entrevista con el Capt. Enrique Gómez en enero  08 del 2004. Me informó delante
  de 6 pilotos cuando nos encontrábamos en la oficina de Despacho y Control de vuelos de
  Aeroméxico que efectivamente él volaba como copiloto con el Cap. Raymundo Ruano en el
  vuelo 129  del día 28 de julio de 1994. Cuando le pregunté sobre lo sucedido me informó que
  desde que habían despegado de Guadalajara todo el vuelo había sido normal y sin contratiempos
  pero que cuando se encontraban en el viraje final hacia la pista 05 derecha el Cap. Ruano le
  pidió bajar el Tren de Aterrizaje y en ese momento se escuchó UN FUERTE RUIDO Y SENTIMOS
  "COMO SI HUBIÉSEMOS GOLPEADO ALGO" pero después supe se había debido a una falla en
  la línea de hidráulico del sistema de frenos en el tren principal derecho con 3000 libras de presión.

  Jamás hubo NINGUNA información  en las frecuencias de radio durante TODA la duración del
  vuelo sobre "OVNI's" ni  "ECOS" según asegura Enrique Kolbeck (ESCUCHE AQUÍ) el controlador
  aéreo quién  dice haber avisado al Cap. Raymundo Ruano sobre   "DOS ECOS" a un lado
  de su aeroplano en el vuelo 129 lo cual es una ROTUNDA MENTIRA lo cual puede escuchar AQUÍ.

  El Cap. Raymundo Ruano declara que el Controlador Aéreo Enrique Kolbeck le informó
  que "VENÍA CUSTODIADO POR DOS NAVES" ( Escuche AQUÍ)



 

    El Capt. Enrique Gómez en enero  08 del 2004  me informó lo siguiente:

   "Desde que despegamos del Aeropuerto Intl. de Guadalajara hasta el momento que aterrizamos
   en el Aeropuerto Intl de México, DF,  no hubo NINGUNA INFORMACIÓN de OVNI's ni NINGÚN
   "ECO" o 'TRÁFICO' que el CTA dijera que nos seguía o que se encontraba cerca de nuestro avión
   como la afirma el Sr. Enrique Kolbeck Controlador Aéreo del SENEAM en la transmisión en la
   estación de RADIO 760 AM que podemos escuchar  AQUÍ

   No hubo NINGUNA información verbal dada por cualesquiera de los Controladores de Tránsito
   Aéreo en todas las frecuencias que estuvimos escuchando en la duración completa del vuelo.

  No se nos informó de ningunas "NAVES" ni "OVNI's" a ninguna hora durante el vuelo.

   "Cuando el Cap. Raymundo Ruano me pidió que bajara el tren de aterrizaje hubo un FUERTE RUIDO
     y  sentí como si fuera un fuerte golpe. Sé que era debido a la falla hidráulica del tren de aterrizaje
     que al liberar 3000 libras de presión en un punto relativamente reducido produce un FUERTE RUIDO.
    Todos en el avión se asustaron mucho pero definitivamente NO GOLPEAMOS CONTRA NADA.

    Oímos hablar sobre OVNI's mucho después del incidente. Algunos Controladores de Tránsito
    Aéreo llamaron desde el Centro de Control (Enrique Kolbeck) buscando al Cap. Raymundo
    Ruano por teléfono mientras nos encontrábamos ante las autoridades Aeronáuticas  en la
    Comandancia del Aeropuerto durante el trabajo de papeleo sobre el incidente y le informaron al
  Cap. Raymundo Ruano sobre algunos avistamientos de OVNI's que fueron recibidos durante esa
    tarde. Esto fue 3 horas después del incidente. Cuando el  Cap. Raymundo Ruano me dijo si
    quería hablar con un Controlador Aéreo para ir a  ver el vídeo y las fotografías tomadas del incidente.
    Le dije que no deseaba hacerlo porque eran casi las 01:00 de la mañana y yo vivía en Oaxtepec
    muy lejos de la Ciudad de México"

    "Jaime Maussán me buscó varias veces DESPUÉS del incidente y me preguntó si aceptaba
    participar en una entrevista en video y que dijera que había sido un OVNI el que causó el daño al
    tren de aterrizaje del DC-9 y le dije que no podría hacerlo porque no era cierto y él me sugirió que
    podría decir que "una onda expansiva" había sido la causa del daño en el tren de aterrizaje
    principal derecho."

    "Me reí cuando oí su petición y le dije que antes de convertirme en Piloto Aviador estudié y soy experto
    en CORTE DE ACERO CON PLASMA en lo cual trabajé más de 5 años con mi tío quién fue nominado
    para el Premio Nobel de Física  y que la causa del daño a la ' línea hidráulica' de ACERO y no de
   ALUMINIO como equivocadamente menciona el  Cap. Raymundo Ruano (escuche AQUÍ) del avión
   DC-9 XA-JEB implicado en el incidente no podría ser posible adjudicarla a una colisión con un objeto
   porque tenía conocimiento y experiencia en cuanto a "corte de acero" y los efectos de la cinética así
   que yo noparticiparía en esa entrevista en video sobre una colisión con un OVNI porque no era cierto."
 

Abajo se encuentra la tabla en la cual puede Usted darse una idea de lo que es un IMPACTO contra un AVE,
ya no digamos contra un OVNI.

La velocidad promedio de un avión es de 160 mph (millas por hora) a 6 millas antes de un aterrizaje
normal y en la posición aproximada de la FALSA colisión  según lo dicho por el Cap. Raymundo Ruano.




 

FUERZAS DE COLISIÓN
ENTRE AVES Y AERONAVES 


Para resolver las fuerzas de impacto entre aves y aeronaves.

Cambie la masa o peso del ave (Kg)  y la velocidad del avión  (mi/hr)

Escriba la dimensión ( largo) del AVE (cm) para obtener un dato
sobre el promedio de las fuerzas de IMPACTO en LIBRAS Y TONELADAS

(haga click afuera de las ventanas para ver resultados).
 

Masa del AVE m = kgs,    peso =   N =  libras.

Velocidad del avión = m/s = km/h =  mph, 

que en una dimensión(largo) del ave =  cm nos dá una fuerza

estimada de impacto en un tiempo de   segundos.

Bajo éstas condiciones la FUERZA PROMEDIO DE IMPACTO es:

Fuerza de Impacto =  N = libras =  toneladas.


 

Enrique Kolbeck MINTIÓ y participó en una conspiración para hacer aparecer éste caso ante la
PRENSA MUNDIAL y los medios de comunicación como un hecho REAL sobre una colisión de
un OVNI y el avión del vuelo 129 que volaba el Cap. Raymundo Ruano el 28 de julio de 1994.



 

OBSERVACIONES EN RELACIÓN AL SUPUESTO IMPACTO DE UN AVIÓN DC9-32 DE AEROMÉXICO
CON UN OVNI EN LA FASE FINAL DE APROXIMACIÓN HACIA LA PISTA 05 DERECHA DEL
AEROPUERTO INTL. BENITO JUÁREZ EN EL D,F. EL 28 DE JULIO DE 1994.

Ya han dado la vuelta al mundo varios videos en que aparece el Cap. Raymundo Cervantes Ruano,
comandante del vuelo 129 del día 28 de julio de 1994 procedente de la Ciudad de Guadalajara, México,
video en el cual explica sin presentar pruebas suficientes sobre lo sucedido

Abajo aparecen en unos programas de televisión alegando que hubo un choque entre un avión comandado
por el Cap. Raymundo Cervantes Ruano y un OVNI.

También aparece en la dramatización de video el Cap. Carlos Corzo Nuñez quién era el copiloto pero en
otro vuelo de otro caso y en éste sustituye al Cap. Enrique Gómez que era el verdadero copiloto del
Cap. Raymundo C. Ruano el día del incidente y que fue silenciado o nunca fue proporcionado de
forma sospechosa y misteriosamente por casi 10 AÑOS!
 


Jaime Maussán, Cap. Raymundo Ruano ¿ y el copiloto Cap. Enrique Gómez-
porqué no está presente?                                                                               Aquí tampoco aparece el copiloto  ¿porqué no está presente?


Cap. Raymundo C. Ruano y Enrique Kolbeck              controlador  Enrique Kolbeck no menciona al copiloto ¿porqué?

          Cap. Raymundo C. Ruano                                                                   Cap. Raymundo C. Ruano

              Cap. Raymundo C. Ruano                                                              Jaime Maussan

                Cap. Carlos Corzo                                                                           Cap. Carlos Corzo
 

Cap. Carlos Corzo?

Que hace este piloto en esta dramatización de un avión que no volaba?

Otra historia que presentaremos más adelante!
 


ElCap. Raymundo Cervantes Ruano aparece en un video explicando que Enrique Kolbeck,
quién era el controlador aéreo en turno (MENTIRA) del área terminal -TCA (Control Terminal)
cuándo se encontraba dentro del espacio aéreo controlado le avisó que ABAJO DE SU AVIÓN
había un OVNI y el Cap. Raymundo Cervantes Ruano explica su versión poniendo sus manos
una sobre la otra.

Vea el video en inglés AQUÍ (WMV)
 


 

GRAN MENTIRA!

NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE QUE UN CONTROLADOR DE RADAR PUEDA DECIR CUAL
ES LA POSICIÓN VERTICAL (arriba o abajo) DE UN OVNI EN RELACIÓN A UN TRÁFICO QUE
HA SIDO IDENTIFICADO POSITIVAMENTE.  EL CONTROLADOR ÚNICAMENTE PUEDE SABER
LA POSICIÓN DE UN TRÁFICO DESCONOCIDO LATERALMENTE, AL FRENTE O ATRÁS.

EL CONTROLADOR NO PUEDE INFORMAR SOBRE UN TRÁFICO DESCONOCIDO
(ECO PRIMARIO NO IDENTIFICADO) ARRIBA O ABAJO DE OTRO TRÁFICO.

EL RADAR PRIMARIO TRABAJA EN DOS PLANOS DIMENSIONALES Y NO TIENE LA
CAPACIDAD DE MEDIR ÁNGULOS DESDE LA ANTENA EN SENTIDO VERTICAL
 

Baje GRATIS el programa de
Windows Media Player aquí 
 

LA UPN ENTREVISTÓ AL CAP. RUANO Y DICE QUE EL CONTROLADOR RADAR
(KOLBECK) LE INFORMÓ QUE UN OVNI PASÓ POR ABAJO  DE SU AERONAVE.
( TOTALMENTE IMPOSíBLE )

Vea y escuche el video en inglés AQUÍ :  (WMV)

 Escuche el audio del video  en inglés AQUÍ 

UN CONTROLADOR RADAR NO PUEDE INFORMAR SI UN OVNI SE
ENCUENTRA ARRIBA, POR ENCIMA  O POR ABAJO

EN EL SHOW DE CRISTINA SARALEGUI EL CAP. RAYMUNDO RUANO CONFIRMA
QUE EL CONTROLADOR DE RADAR (KOLBECK) LE INFORMA QUE UN OVNI PASA
POR ABAJO DE SU AVIÓN.

Escuche el audio del video en español AQUÍ   en el show de Cristina en dónde el
Cap. Raymundo Ruano y el controlador Enrique Kolbeck acepta que hubo una
grabación de video y que Enrique Kolbeck cuando estaba siendo controlado de
Guadalajara a Toluca DOS OBJETOS (OVNI) se le habían acercado y cuando
volaba sobre Chapultepec un OVNI se le cruzó POR DEBAJO
 

ESCUCHE CON ATENCIÓN LA GRABACIÓN DE LA MENTIRA

PORQUÉ JAIME MAUSSÁN NO HA PRESENTADO EL VIDEO QUE COMO ASEGURAN
FUE GRABADA EN EL CENTRO DE CONTROL RADAR?.......EN DÓNDE ESTÁ?

AHORA TENEMOS UNA NUEVA INFORMACIÓN CONTRADICTORIA, EL  CAP. RUANO
LE DICE A CRISTINA SARALEGUI QUE EL PENSÓ QUE SE HABÍAN REVENTADO
LAS LLANTAS DEL TREN DE NARÍZ!  AHORA TENEMOS ESTA VERSIÓN, LA DEL
MUÑÓN, LA DEL ACTUADOR (MUÑÓN) DEL TREN DE ATERRIZAJE ROTO, LA LÍNEA
DEL HIDRÁULICO ROTO.......YA NO SABEN QUÉ INVENTAR!

Vea y escuche la historia en el video en español  AQUÍ (WMV)

Esschuche AQUÍ   (AUDIO EN ESPAÑOL) la nueva versión del Cap. Raymundo Ruano, él dice que
el controlador Enrique Kolbeck LE DIJO A ÉL que "DOS NAVES" ESTABAN CERCA de su aeronave
escuche el  AUDIO  (WMA) (AUDIO EN ESPAÑOL)

Escuche AQUÍ   (AUDIO EN ESPAÑOL) la nueva versión de Enrique Kolbeck, quién le dice al
Cap. Ruano NO QUE DOS NAVES sino que "DOS ECOS" estaban cerca de su aeronave AUDIO  (WMA)

AHORA TENEMOS DOS VERSIONES, LA DE "DOS NAVES" y la de "DOS ECOSDOS HISTORIAS DIFERENTES
 



NOTA:

El RADAR PRIMARIO no tiene la capacidad de detectar dos objetos en el mismo plano vertical
al mismo tiempo por lo que puede haber una columna de varios aviones en el  mismo lugar y en
la pantalla de RADAR del Control Aéreo solamente aparecerá UN ECO o MANCHA.
 

                            ANTENAS DE RADAR SECUNDARIO (PARTE SUPERIOR)

                              CONTROLADORES DE APROXIMACIÓN RADAR

       PANTALLA TÍPICA DE RADAR CON ETIQUETAS DE TRANSPONDEDOR

La única forma de que el Control de Tránsito Aéreo puede conocer la altitud de un avión o ECO es por
medio de un aparato llamado TRANSPONDEDOR que deben llevar las aeronaves para transmitir (reportar)
la altitud que tienen con respecto al nivel medio del mar y así permitir que el Controlador tenga a la vista
las altitudes del tráfico bajo su control para mantenerlo separado.
 

    TRANSPONDEDOR  marca "Bendix"      TRANSPONDEDOR marca "NARCO"

NO HAY FORMA por la cual un Controlador pueda ver en la pantalla de RADAR las altitudes
o posiciones verticales de aviones que no cuentan con el TRANSPONDEDOR apropiado lo
que significa que no sería posible saber si un  OVNI se encuentra abajo o arriba de otro avión
ya que no cuenta con un TRANSPONDEDOR como cualquier otra aeronave.
 


       TRANSPONDEDOR  DE USO COMÚN EN AEROMEXICO

REFERENCIAS:

El equipo TRANSPONDEDOR con repetidor de altitud es necesario y mandatorio su
uso dentro del espacio aéreo controlado.

LA LEY DICE:

(Transcripción de documento "WORD")

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
NORMA Oficial Mexicana NOM-003-SCT3-2001, Que regula el uso obligatorio dentro del
espacio aéreo mexicano, del equipo transpondedor para aeronaves, así como los criterios
para su instalación, certificación y procedimientos de operación.

2. Objetivo y campo de aplicación

2.1. El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es establecer el uso obligatorio
dentro del espacio aéreo mexicano, del equipo transpondedor para aeronaves, así como
los criterios para su instalación, certificación y procedimientos de operación, y aplica a
todos los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos que operen o pretendan
operar de conformidad con la Ley de Aviación Civil en el espacio aéreo mexicano.

5. Aeronaves que requieran la instalación de un transpondedor que reporte la altitud de presión

5.1. A partir de la entrada en vigor de la presente Norma Oficial Mexicana, todas las aeronaves
al servicio de concesionarios y permisionarios que operen en espacio aéreo mexicano, deberán
contar con equipos transpondedor de notificación de altitud de presión que opere de acuerdo
con las provisiones de la presente Norma.

Bibliografía:

7.1. Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Organización de Aviación Civil Internacional,
      Chicago, Estados Unidos de América, 1944.
7.2. Anexo (OACI) 6 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

7.3. Federal Aviation Regulations, FAR, Part 121 “Certification and operations; domestic, flag,
       and supplemental air carriers and commercial operators of large aircrafts”, emitido por la
       Federal Aviation Administration de los Estados Unidos de América.
7.4. Federal Aviation Regulations, FAR, Part 135 “Operating requirements: commuter and on
      demand operations and rules governing persons on board such aircraft”, emitido por la Federal
      Aviation Administration de los Estados Unidos de América.

Fuente: http://www.sct.gob.mx/direccion_gral/dgac/normas/nom_003.doc
 



 

      OBSERVACIONES SOBRE LA  SUPUESTA COLISIÓN DE UN AVIÓN DC-9-32
      DE AEROMÉXICO CON UN 'OVNI'  EN 1994 EN APROXIMACIÓN  FINAL.
 

01.- Cuando el caso fue expuesto por la TV la siguiente información NO fue proporcionada:

 a.)  La matrícula de registro del DC-9 ( Es XA-JEB y se informa hasta diciembre 21 de 2003 )
 b.)  El total de horas de los motores
 c.)  El total de horas de la estructura
 d.)  La fecha del último servicio efectuado a la estructura
 e.)  La fecha del último servicio efectuado a los motores
  f.)  El registro en bitácora del total de horas de los motores
 g.)  La copia de la bitácora* con el reporte y la firma del Capitán



*bitácora

LA LEY DICE:

SCT: Marco jurídico : Normas del sector:

NORMA OFICIAL MEXICANA PARA EMPRESAS AEREAS Y AERONAVES

NORMA V

3.5 Libro de bitácora de la aeronave: libro que se lleva a bordo de la aeronave
y en el cual se lleva un registro completo de los parámetros operacionales de la misma,
mantenimiento, fallas registradas antes o durante el vuelo, acciones tomadas al respecto,
tiempos de la aeronave, entre otros.

Fuente: http://www.sct.gob.mx/marco/normas_sector/aereas/norma05.html



 h.)  Los nombres de toda la tripulación
  i.)  El número total de ciclos de aterrizaje
  j.)  El nombre del primer oficial (copiloto)
 k.)  El nombre del tercer piloto a bordo ( testigo ocular)
  l.)  Los documentos de registro de mantenimiento (copias bitácora)
m.)  Los resultados de laboratorio de las partes dañadas
 n.)  Las grabaciones de la Torre de Control
 o.)  Los nombres del personal de la NASA que menciona Maussán
 p.)  Los nombres del resto de los Controladores adjuntos


OBSERVACIONES SOBRE EL SUPUESTA COLISIÓN DE UN AVIÓN DC-9-32
DE AEROMÉXICO CON UN "OVNI" EN 1994 EN SU APROXIMACIÓN FINAL

    01.- J. Maussán no proporciona la matrícula del avión, ALCIONE la obtuvo por medio de un contacto
              con personal de mantenimiento de Aeroméxico. No informan la cantidad de horas voladas por el
              avión matrícula XA-JEB (matrícula proporcionada hasta 27 de dic 2003) hasta el momento del
              impacto. Tampoco la fecha del último servicio de verificación mecánica y registro de las horas
              de los 2 motores.


    Avión McDonnell Douglas DC-9-32 de Aeroméxico matrícula XA-JEB que supuestamente tuvo una colisión
             con un OVNI el 28 de julio de 1994.


               Avión McDonnell Douglas DC-9-32 de Aeroméxico matrícula XA-JEB


                 Avión McDonnell Douglas DC-9-32 de Aeroméxico matrícula XA-JEB


                            Avión McDonnell Douglas DC-9-32 de Aeroméxico matrícula XA-JEB

      02.- J. Maussán no ha presentado el documento oficial que ampara la intervención de las autoridades
             aeronáuticas ni judiciales con respecto al supuesto impacto del DC-9 con un objeto desconocido
             (OVNI) y que debe constar en actas en la comandancia del Apto. Intl. de la Cd. de México y del
            SENEAM (SErvicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano).


LA LEY DICE:

NORMA OFICIAL MEXICANA PARA EMPRESAS AEREAS Y AERONAVES

3.5 Libro de bitácora de la aeronave: libro que se lleva a bordo de la aeronave
y en el cual se lleva un registro completo de los parámetros operacionales de la
misma, mantenimiento, fallas registradas antes o durante el vuelo, acciones
tomadas al respecto, tiempos de la aeronave, entre otros.

Fuente:http://www.sct.gob.mx/marco/normas_sector/aereas/norma05.html


     03.-  J. Maussán no informa el nombre del mecánico o Jefe de turno que hizo y ordenó la reparación
              del daño recibido por el impacto ni presenta récord alguno del departamento de mantenimiento
              de Aeroméxico.

             El nombre del Mecánico Supervisor que atendió al DC9 XA-JEB el día del incidente ha
              aparecido  y se llama Francisco Martínez Meza.

              Escuche al Cap. Raymundo Ruano decir el nombre de Francisco Martínez MezaAQUÍ 

    04 .-   J. Maussán no informa el nombre de la parte o las partes dañadas del tren de aterrizaje, en dónde
               se encuentran guardadas o archivadas para su análisis siendo un caso "UNICO". ¿Qué laboratorio
               las sometió a exámenes de rayos X y/o de ultrasonido, resistencia y fatiga de material?.


LA LEY DICE:

NORMA OFICIAL MEXICANA
PARA EMPRESAS AEREAS Y AERONAVES

3.8 Daño: alteración física de la aeronave o sus componentes como consecuencia de algún
                incidente o accidente sufrido por la misma.

3.13 Memoria

de trabajo(s): documento(s) que contiene una secuencia detallada de principio a fin del
                      servicio ó reparación efectuada a la aeronave, sus componentes y/o accesorios.
 

Fuente: http://www.sct.gob.mx/marco/normas_sector/aereas/norma05.html


4.1 DISPOSICIONES GENERALES.

4.1.1 Para efectuar servicios de mantenimiento y/o reparación en el extranjero a las aeronaves,
        sus componentes y/o accesorios, se requiere cumplir con este Proyecto de Norma.

4.1.2 Todos los propietarios y/o explotadores nacionales de aeronaves, así como Talleres
         Mexicanos que funjan como intermediarios del mantenimiento, y que requieran enviar al
         extranjero aeronaves, sus componentes y/o accesorios para servicios de mantenimiento
         y/o reparación, deberán cumplir con las disposiciones del presente Proyecto de Norma.

4.1.3 Todos los servicios a las aeronaves, sus componentes y/o accesorios en el extranjero
        deberán efectuarse en Talleres Aeronáuticos autorizados por la Autoridad Aeronáutica del
        País en el que se pretenda efectuar el servicio y la Dirección General de Aeronáutica Civil.

4.1.4 La Autoridad Aeronáutica, podrá autorizar se efectúen servicios de mantenimiento y/o
         reparación en el extranjero, en los siguientes casos:

    I. Cuando no exista un Taller Aeronáutico Autorizado en el Territorio Nacional para proporcionar
         los servicios solicitados.

    II. Cuando se compruebe que los Talleres Aeronáuticos autorizados del País se encuentran saturados
          para atender los servicios solicitados. Esto siempre y cuando el operador prevea el ingreso de su
          aeronave, motor(es) o accesorio(s) al Taller con la debida anticipación, en función de los tiempos
          de operación aplicables.

   III. Cuando se presenten fallas durante el tiempo de garantía expedida por el Taller Aeronáutico extranjero.

   IV. Cuando se haya efectuado un servicio en un Taller Aeronáutico Nacional autorizado y la(s) falla(s)
         sigan persistiendo.

   V. Cuando el servicio requerido se proporcione bajo las mismas condiciones de calidad a un menor
         costo o rapidez que en los taLleres autorizados en el territorio Nacional.

 Fuente:http://www.sct.gob.mx/marco/normas_sector/aereas/norma05.html


      05.- J. Maussán no informa el número de registro del fabricante de la o las partes dañadas,
               de sus componentes* ni cuantas partes fueron afectadas.


              LOCALIZACIÓN DEL NUMERO DE PARTE DE LA PIERNA DEL TREN DE ATERRIZAJE
                     Nota: La imagen corresponde al Tren de aterrizaje del avión XA-JEB.

LA LEY DICE:

componente*

2.6.    Componente: Cualquier parte contenida en sí misma, combinación de partes, subensambles o unidades,
           las cuales realizan una función en específico, necesaria para la operación de un sistema

Fuente:  http://www.sct.gob.mx/direccion_gral/dgac/normas/nom_060.doc
 

    06.- J. Maussán no presenta documentos probatorios del análisis de laboratorio de la NASA
              sobre las piezas dañadas.

    07.- J. Maussán no presenta documentos de la NASA ni de la FAA sobre los resultados de la
               investigación como aseguró por medio de la TV en varias ocasiones. Informó que la NASA
               había intervenido y se había llevado las piezas dañadas a los EEUU.
               ¿ En dónde están los documentos o las pruebas?


Deben exstir documentos puesto que la ley así lo indica según la siguiente información:

LA LEY DICE:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCT3-1994

4.2.1 Para que se efectúen servicios de mantenimiento y/o reparación a aeronaves, sus
        componentes y/o accesorios en el extranjero, deberá presentar ante el Departamento
        de Ingeniería Aeronáutica,de la Dirección General de Aeronáutica Civil, la Forma
        IA-50/94 (véase Anexo1) debidamente llenada, por lo menos diez días hábiles antes
        de la fecha de salida al extranjero, salvo casos imprevistos.

   Dicha solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    I. Hoja del libro de bitácora de la aeronave o documento actualizado donde estén registrados
        los últimos tiempos de operación de la aeronave y/o componentes.
    II. Para el caso indicado en el Punto 4.1.4.II, deberá presentar cartas de los Talleres Aeronáuticos
       Nacionales autorizados para efectuar el trabajo solicitado, donde justifiquen la imposibilidad de
       realizarlos.
    III. Para el caso indicado en el Punto 4.1.4.III, deberá presentar copia de la garantía expedida por el
        Taller Aeronáutico extranjero.
    IV. Para el caso indicado en el Punto 4.1.4.IV, deberá presentar copia de la factura o documento
        expedido por el Taller Aeronáutico Nacional.
    V. En el caso de que vaya a aplicarse algún Boletín de Servicio y/o Directiva de Aeronavegabilidad,
        enviar copia de estos.
    VI. En el caso de que una aeronave, sus componentes y/o accesorios sufran daños o fallas en
        territorio extranjero, deberá notificarlo de inmediato al Departamento de Ingeniería Aeronáutica,
        de la Dirección General de Aeronáutica Civil, mismo que establecerá los requisitos a cumplir
        para el otorgamiento de autorización para efectuar el mantenimiento o reparación correspondiente
        en el extranjero.
   VII. Para el caso indicado en el punto 4.1.4 fracción V, se deberá presentar documentación que
         comprueben las razones de eficiencia.

Fuente. http://www.sct.gob.mx/marco/normas_sector/aereas/norma05.html


       08.- J. Maussán NUNCA informa si las compuertas como componente*del tren de aterrizaje
               sufrieron daño en el accidente*. La prueba es que NUNCA se habló de las compuertas
               siendo un elemento de prueba muy importante.

LA LEY DICE:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-060-SCT3-2001,
QUE ESTABLECE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESENTACION DEL
REPORTE DE DEFECTOS Y FALLAS OCURRIDAS A LAS AERONAVES.

accidente*

2.1. Accidente: Todo suceso por el que se cause la muerte o lesiones graves a personas a bordo de la
      aeronave o bien, se ocasionen daños o roturas estructurales a la aeronave, o por el que la aeronave
      desaparezca o se encuentre en un lugar inaccesible

componente*

2.6.Componente: Cualquier parte contenida en sí misma, combinación de partes, subensambles o unidades,
      las cuales realizan una función en específico, necesaria para la operación de un sistema

Fuente:  http://www.sct.gob.mx/direccion_gral/dgac/normas/nom_060.doc

       09.- Al bajar el tren las compuertas se extienden más hacia abajo que la extensión del tren de
               aterrizaje. ( Se adjunta gráfico ilustrativo de las dimensiones aproximadas de la posición
               de las puertas del tren de aterrizaje al momento de llevarse a cabo el primer ciclo del
               proceso mecánico-hidráulico). Las puertas se ABREN totalmente hasta que el tren principal
               ha bajado COMPLETAMENTE ya hasta ese momento inicia el último ciclo y se CIERRAN .



       ( Fotografia NO relacionada con el incidente y manipulada para ejemplo )

COMO ES QUE LAS COMPUERTAS DEL TREN DE ATERRIZAJE NO SUFRIERON DAÑO
YA QUE SEGÚN DICE EL CAP. RAYMUNDO CERVANTES RUANO QUE CUANDO ORDENÓ
BAJAR EL TREN DE ATERRIZAJE FUE CUANDO SUCEDIÓ EL SUPUESTO IMPACTO
CON UN OVNI?
 



 

INFORMACIÓN PRESENTADA ANTES DE OBTENER LOS DATOS DE ÚLTIMA HORA.

       10.- El informe verbal  que el Cap. Sergio Barba  ex-jefe de equipo proporciona a un servidor es
               que, por fatiga de material se rompió una pieza del tren de aterrizaje llamado "Bungee Switch"
               (extensión del amortiguador) lo cual permitió que el tren de aterrizaje se extendiera sin un límite
               en el amortiguador principal y según el Cap. Alejandro Luna Sotura( Jubilado y Actualmente
               ocupa el puesto de Gerente de Seguridad de Aeroméxico) y quién iba abordo en la cabina de
               vuelo que ÚNICAMENTE se escuchó un RUIDO muy fuerte,  según sus palabras "como núnca
               en más de 30 años de experiencia como piloto había escuchado un ruido tan fuerte estando
               en vuelo", y aclaró que NO HUBO VIBRACIÓN en el avión.

              Lo que nos permite afirmar que NO hubo impacto alguno.

               En pláticas que he tenido con muchos pilotos sobre éste caso uno de ellos el Cap. Sergio Barba
               quién fuera Jefe de Equipo del DC-9 me comentó que por el año de 1987 a él le sucedió algo
               similar ya que estando próximo al aterrizaje en el Aeropuerto Intl. de Acapulco, México, al momento
               de accionar la palanca para bajar el tren de aterrizaje se escuchó un fuerte ruido, tan fuerte que el
               resto de la tripulación y los pasajeros se asustaron mucho.

               Después de aterrizar en Acapulco el Cap. Sergio Barba se dirigió al mecánico para informarle
               sobre lo sucedido y le  indicó que se había roto el "BUNGEE SWITCH" del tren principal derecho

      11.-   La presión de 3000 libras/pulg2 utilizadas al momento de bajar el tren y al romperse el "BUNGEE
               SWITCH*" ocasionaron un fuerte ruido que se escuchó en todo el interior del avión ya que el tren de
                aterrizaje va fijado a la "VIGA PRINCIPAL" que es la parte más sólida del avión y que por no tener
                el retén de la tijera que une al "Bungee Switch" (extensión del amortiguador de vibraciones) con
                el amortiguador principal hizo la función de percutor resultando ÚNICAMENTE un fuerte RUIDO.

      BUNGEE SWITCH (interruptor del amortiguador auxiliar)
                Fuente: http://babelfish.altavista.com/babelfish/tr
 

       " BUNGEE SWITCH" del tren principal de un DC-9
                          Nota: La imagen NO corresponde al Tren del avión XA-JEB.

       12.-  No hay testigos de haber visto el impacto del DC-9-32 en contra de algún objeto o de algún pasajero
               que hubiera visto algo anormal durante la aproximación y al momento del "supuesto" impacto.

               NOTA:  de última hora: enero 01 de 2004

   Jaime Maussán informa (hasta hoy) que hay un video del incidente grabado por Víctor López Suárez
               y se supone que debió haberlo presentado en 1994 -hace ya casi 10 años del incidente.
               - esperamos ver ese video muy pronto -

   Pregunta. ¿ Porqué no se presentó este video de Víctor López Suárez como evidencia en 1994?

               El Cap. Ramón Ruíz Gómez, que actualmente es Comandante de MD-80 en Aeroméxico, quién
               se desempeñó como Asesor Instructor de Vuelo por tres años y que conozco desde 1981 presenta
               uno de los testimonios más valiosos en ésta investigación.

               El Cap. Ramón Ruíz relató que ese mismo día del incidente despegó del Aeropuerto de Guadalajara,
               México con destino a la Ciudad de México y que coincidentemente despegó tres minutos atrás del vuelo
               129, avión que conducía el Cap. Ruano  y que esa noche era muy clara ya que se podía  ver a una gran
               distancia. El Cap. Ramón Ruíz tenía a la vista al avión del Cap. Ruano cuando se declaró en emergencia
               y estando a 5 millas náuticas de distancia no observó ningún OVNI ni tampoco escuchó en la frecuencia
               de comunicaciones que los Controladores Aéreos o algún Piloto informase que se habían  visto o reportado
              OVNI's. Quiere decir que el controlador Enrique Kolbeck miente al decir que le avisó que dos "ECOS" lo
               venían siguiendo. EscucheAQUÍ la información fraudulenta proporcionada por Enrique Kolbeck.

       13-   El avión DC9/30 con un peso de entre 40 y 50 toneladas, desplazándose a una velocidad  de aproximación
               promedio de +/- 290 kms/h ( 160 nudos) al impactarse contra cualquier objeto en movimiento hubiera
               ocasionado un daño estructural mucho mayor al argumentado por el piloto y una alteración considerable
               de la trayectoria de vuelo o lo más seguro, una explosión por ruptura del Tanque de Combustible Derecho
               que va en cada una de las alas y que en operación normal al finalizar un vuelo puede tener un remanente
               de 20% a 30% de cantidad de combustible total ( Entre 3000 y 5000 libras por cada uno de los dos tanques
               principales).------- Ver:  FOTO DC 9/32 al fondo de la página.

       14.-  No han sido mostradas hasta donde yo sé las fotografías de las partes dañadas, ni las de los Controladores
               Aéreos involucrados, ni la grabación de vuelo, ni la grabación de VIDEO del Radar Terminal, ni el registro de
               la grabadora de vuelo (CAJA NEGRA) para revisar las gravedades y las inercias registradas a las que fue
               sometido el avión durante el supuesto impacto, ni las fotografías de los mecánicos, ni de los Inspectores
               Aeronáuticos, ni de los sobrecargos, ni los pasajeros etc..

       15.-  Durante y después de la emergencia declarada por el piloto no se activó un procedimiento llamado de
               "SEGURIDAD" (SECURITÉ) y que se emite para las demás aeronaves cercanas cuando está establecido
              que por seguridad se debería haber emitido el mensaje aeronáutico obligatorio del incidente en estos casos
              en que obviamente puso en peligro a una aeronave y la vida de sus ocupantes el Cap. Ruano se declaró
              en "emergencia" y no se tomaron las medidas precautorias suficientes establecidas en los reglamentos de
              Tránsito Aéreo y de  Aviación Civil en la República Mexicana.



REGLAMENTO DE AVIACIÓN CIVIL

De los servicios a la navegación aérea y de las reglas del aire.

ARTÍCULO 162. La Secretaría, por condiciones especiales o de tránsito aéreo, puede restringir o suspender temporal,
parcial o totalmente, los vuelos bajo reglas visuales o por instrumentos previo aviso al prestador de los servicios de tránsito
aéreo, a los concesionarios, permisionarios, operadores aéreos y al comandante o piloto al mando de la aeronave, así como
al administrador aeroportuario, o bien, a los permisionarios de aeródromos civiles.

Asimismo, los servicios de tránsito aéreo podrán restringir o suspender temporalmente una o todas las operaciones
aéreas en un aeródromo civil, cuando las condiciones de tránsito aéreo así lo requieran.

Fuente:
http://www.sct.gob.mx/marco/reglamentosdelsector/avicivil/titulo5.html


LEY DE AEROPUERTOS

De la seguridad

ARTICULO 71. La vigilancia interna en los aeródromos civiles será responsabilidad del concesionario o permisionario
y se prestará conforme a las disposiciones legales aplicables en la materia y a los lineamientos que al efecto establezca
la Secretaría, la cual podrá contar con un cuerpo encargado de verificar que la seguridad y vigilancia en los mismos se
lleve a cabo conforme a las disposiciones establecidas.

En situaciones de emergencia o cuando se ponga en peligro la paz interior o la seguridad nacional, las autoridades
federales competentes prestarán en forma directa la vigilancia para preservar la seguridad de las aeronaves, pasajeros,
carga, correo, instalaciones y equipo.

Fuente:http://www.sct.gob.mx/marco/leyesdelsector/ley_aero/capitulo9.html


       16.-  Se debió haber emitido un NOTAM ( Notice To Air Man) para alertar a los pilotos que
               en el área de aproximación del Apto. Intl. existía el peligro de encontrarse con objetos
               desconocidos por los antecedentes mencionados.



SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA
NOM-009-SCT3-1994,que regula los requerimientos para el
establecimiento de Oficina de Despacho y Control de Vuelos.

4.14 NOTAM:

Aviso distribuido por medio de telecomunicaciones que contiene información relativa al establecimiento,
condición o  modificación de cualquier instalación aeronáutica, servicio, procedimiento o peligro,
cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo.

Fuente: http://www.sct.gob.mx/marco/normas_sector/aereas/norma09.html


       17.-  No se dió aviso oficial a la Fuerza Aérea sobre la presencia de OVNIS para
                que tomaran cartas en el asunto  y proteger a las aeronaves y a sus ocupantes .


Normalmente en otros países los Servicios de Tránsito Aéreo avisan a las dependencias militares sobre
los avistamientos en los radares y los reportes que coincidan con los reportados por pilotos en México
para eso hay leyes y reglamentos, que no se cumplan es otra cosa.

LEY DE AVIACION CIVIL

TITULO VI

ARTÍCULO 36. El Ejecutivo Federal, por razones de emergencia, seguridad pública o
defensa nacional, podrá establecer zonas prohibidas, restringidas o peligrosas a la
navegación aérea civil. Queda prohibido a las aeronaves civiles realizar vuelos acrobáticos,
de demostración y, en general, evoluciones de carácter peligroso sobre las ciudades y
núcleos de población
 

ARTÍCULO 37. Las operaciones de aeronaves militares en cualquier parte del espacio
aéreo situado sobre el territorio nacional, a excepción de las áreas restringidas para su
operación exclusiva, se sujetarán a las disposiciones de tránsito aéreo de esta Ley.

En el caso de infracciones, se informará a las Secretarías de la Defensa y de Marina,
según corresponda, para los efectos que procedan. Por razones de seguridad nacional
o de orden público, la Secretaría ejercerá sus atribuciones relativas a la navegación en
el espacio aéreo en coordinación con las autoridades civiles o militares que correspondan.

Fuente: http://dgac.sct.gob.mx/fileadmin/Leyes/Ley_de_Aviacion_Civil.pdf
 

LEY DE AVIACION CIVIL

CAPITULO II

ARTÍCULO 7. La Secretaría ejercerá la autoridad aeronáutica en los aeropuertos, helipuertos
y aeródromos en general, a través del comandante de aeropuerto quien deberá ser mexicano
por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad.

  I.- Autorizar o suspender la operación de las aeronaves, conforme a lo dispuesto por esta Ley.

V.- Disponer el cierre parcial o total de aeropuertos, helipuertos  o aeródromos en
     general, cuando no reúnan las condiciones de seguridad para las operaciones aéreas;

Fuente: http://dgac.sct.gob.mx/fileadmin/Leyes/Ley_de_Aviacion_Civil.pdf


 18.-  Siendo el tren de aterrizaje una de las partes más resistentes del avión, para que
           se hubiera roto alguna pieza por impacto con algún objeto pesado, se hubieran
           destrozado primero los neumáticos y las compuertas, partes consideradas como
           más frágiles y las cuales no sufrieron daño alguno.



    DC-9-32  de Aeroméxico matrícula XA-JEB

Tesigos presenciales cuya información confirma éste caso como un FRAUDE

Cap. Enrique Gómez-
Copiloto del Cap. Ruano el día del incidente vuelo
129 de Aeroméxico julio 28 de 1994.
(Entrevistado enero 08, 2004)
(seis pilotos testigos de entrevista)
(Su nombre fue mantenido en SILENCIO por Jaime Maussán
hasta el 27 de diciembre 2003!...CASI 10 AÑOS DESPUÉS!)

Cap. Alejandro Luna Sotura-
Gerente de Seguridad Aérea de Aeromexico viajaba
sentado dentro de la cabina de pilotos el día del incidente).
(Entrevistado en 2001)
(Entrevistado nuevamente enero 12, 2004)
(Su nombre fue mantenido en SILENCIO por Jaime Maussán
hasta el 27 de diciembre 2003!...CASI 10 AÑOS DESPUÉS!)

Cap. Ramón Ruíz Gómez-
Volaba detrás del avión del vuelo 129 de Aeroméxico del Cap. Ruano.
(Entrevistado en julio 20-2002)
(Entrevistado nuevamente enero 12- 2004)

Francisco Martínez Meza-
Supervisor de Mantenimiento de Aeromexico
atendió la falla del avión DC-9 XA-JEB en julio
28 de 1994 el día del incidente.
(Entrevistado en su oficina enero 08- 2004)
(Su nombre fue mantenido en SILENCIO por Jaime Maussán
hasta el 27 de diciembre 2003!...CASI 10 AÑOS DESPUÉS!)

 arriba



 
 
 
A G R A D E C I M I E N T O

ALCIONE.ORG  agradece la amabilidad de TELEVISA por haber sido
presentada en el canal 4 el día 27 de Septiembre de 2004  en el programa
"Grandes Misterios del Tercer Milenio" aunque el Cap. Alejandro Franz
ha sido difamado y calumniado en forma cobarde y mal intencionada por
el conocido promotor de fraudes y pseudo-investigador Jaime Maussán
que por cobardía no tiene el valor de enfrentarlo directamente y trata en
vano con mentiras inventar que se ha agredido a la Fuerza Aérea Mexicana
en una lista de correos PRIVADA que no tiene más de 500 miembros.

Hacemos patente nuestro agradecimiento por habernos brindado un
espacio envidiable que ha servido para promocionar nuestra página y
mostrar al público los resultados de nuestras objetivas investigaciones.

G R A C I A S!

Sr. Maussán:

¿PORQUÉ NO INVITÓ AL CAPITÁN ALEJANDRO FRANZ A SU
PROGRAMA PARA BRINDARLE LA OPORTUNIDAD DE PRESENTAR
SUS ARGUMENTOS EN LUGAR DE TRATAR DE  INFLUIR A LA
OPINIÓN PÚBLICA CON HECHOS QUE NO SON REALES?

¿SERÁ QUE TIENE MIEDO A QUE LA GENTE SE ENTERE
POR MEDIO DE ÉSTAS PÁGINAS DE TODOS LOS FRAUDES
EN LOS QUE HA PARTICIPADO Y PROMOVIDO?

Hoy como en diciembre 21 de 2003, en otro intento desesperado
(escuche la transmisión de RADIO ABC 760AM)
se ha intentado ocultar la verdad nuevamente , y seguirán siendo
inútiles los intentos del conocido periodista sin ética, sensacionalista
desinformador y promotor de fraudes Jaime Maussán y su equipo de
ingénuos y sumisos seguidores quienes engañan en forma descarada
al público que paga por ver y merece nuestro más profundo respeto.

Sr. Jaime Maussán lea lo siguiente:

CÓDIGO INTERNACIONAL DE ÉTICA PERIODÍSTICA
1.- El derecho del pueblo a una información verídica:  El pueblo y las personas tienen el derecho
      a recibir una imagen objetiva de la realidad por medio de una información precisa y completa,
      y de expresarse libremente a través de los diversos medios de difusión de la cultura y la
      comunicación.

2.-Adhesión del periodista a la realidad objetiva:  La tarea primordial del periodista es la de servir
      el derecho a una información verídica y auténtica por la adhesión honesta a la realidad objetiva,
      situando conscientemente los hechos en su contexto adecuado.

3.-La responsabilidad social del periodista:  En el periodismo, la información se comprende
      como un bien social, y no como un simple producto. Esto significa que el periodista comparte
      la responsabilidad de la información transmitida. El periodista es, por tanto, responsable no
      sólo frente a los que dominan los medios de comunicación, sino, en último énfasis, frente al
      gran público, tomando en cuenta la diversidad de los intereses sociales.

4.-La integridad profesional del periodista:  El papel social del periodista exige el que la profesión
      mantenga un alto nivel de integridad. Esto incluye el derecho del periodista a abstenerse de
      trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información, y también el
      derecho de participar en la toma de decisiones en los medios de comunicación en que esté
      empleado.

5.-Acceso y participación del público: El carácter de la profesión exige, por otra parte, que el
      periodista favorezca el acceso del público a la información y la participación del público en los
      medios, lo cual incluye la obligación de la corrección o la rectificación y el derecho de respuesta.

6.- Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre:  El respeto del derecho de las personas a
      la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho
      internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro,
      así como las leyes  sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen
      parte integrante de las normas profesionales del periodista.

7.-Respeto del interés público:  Por lo mismo, las normas profesionales del periodista prescriben el
      respeto total de la comunidad nacional, de sus instituciones democráticas y de la moral pública.

8.-Respeto de los valores universales y la diversidad de las culturas:  El verdadero periodista
      defiende los valores universales del humanismo, en particular la paz, la democracia, los
      derechos del hombre, el progreso social y la liberación nacional, y respetando el carácter
      distintivo, el valor y la dignidad de cada cultura, así como el derecho de cada pueblo a
      escoger libremente y desarrollar sus sistemas políticos, sociales, económicos o culturales.
 

Comentarios y críticas:
Cap. Alejandro Franz
director@alcione.org

ALCIONE.ORG
  no lucrativa